En México, el 54% de los trabajadores opera en la economía informal. No tener IMSS significa no tener acceso a atención médica formal, sin pensión futura, sin crédito Infonavit y sin derecho a guarderías. Hay dos rutas para cambiar esa situación: conseguir un empleo con patrón, o afiliarse al IMSS de forma voluntaria si trabajas por cuenta propia.
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Ruta 1: conseguir un empleo formal con patrón
Esta es la ruta más completa. Cuando una empresa o persona física te contrata con un contrato laboral, está obligada por ley a darte de alta en el IMSS desde el primer día de trabajo. No tienes que hacer ningún trámite tú mismo; el patrón lo hace.
Lo que recibes automáticamente al tener empleo formal:
- Número de Seguridad Social (NSS): tu identificador único ante el IMSS, que permanece igual toda la vida aunque cambies de trabajo.
- Afiliación a una Unidad de Medicina Familiar (UMF) según tu domicilio.
- Apertura de cuenta AFORE: el SAR (Sistema de Ahorro para el Retiro) empieza a acumular las aportaciones para tu pensión.
- Derecho a Infonavit: a los 1,080 puntos acumulados puedes solicitar crédito de vivienda.
- Seguro de enfermedades y maternidad, seguro de riesgos de trabajo, seguro de invalidez y vida.
Lo que debes verificar cuando entras a un nuevo trabajo:
- Que tu patrón te haya dado de alta antes de que inicies labores (no después).
- Que el salario con el que te registró coincida con lo que realmente ganas. Registrarte con un salario menor al real reduce tu pensión futura y tus prestaciones.
- Que puedas ver tu NSS en imss.gob.mx/consultas o en la app IMSS Digital.
Ruta 2: afiliarte al IMSS por cuenta propia (Modalidad 10)
Si trabajas de forma independiente (profesionista, comerciante, artesano, trabajador en negocio familiar), puedes incorporarte voluntariamente al IMSS sin necesidad de patrón. Este esquema se llama Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 10.
Desde el 1 de febrero de 2026, este trámite puede hacerse completamente en línea.
¿Qué cubre la Modalidad 10?
- Atención médica en el IMSS para ti y tus beneficiarios (cónyuge, hijos, padres).
- Seguro de invalidez y vida.
- Aportaciones a AFORE para la pensión.
- Acceso a guarderías.
Lo que no cubre: el subsidio por incapacidad temporal (el pago de salario cuando estás de incapacidad). Eso solo aplica para trabajadores con patrón.
¿Cuánto cuesta?
La cuota anual para 2026 es de $20,538 pesos si cotizas al salario mínimo. El monto sube si decides cotizar con un salario más alto (lo que da derecho a una mejor pensión futura). La cuota puede pagarse en una sola exhibición o en parcialidades bimestrales.
La cuota exacta según el salario de cotización elegido se calcula en la calculadora oficial: imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes.
¿Cuándo empieza la cobertura médica?
El primer día del mes siguiente al registro. Si te afilias el 15 de septiembre, la atención médica empieza el 1 de octubre.
Paso a paso para afiliarte en línea:
- Entra a imss.gob.mx y ve a «Nuevos servicios digitales».
- Accede al Escritorio Virtual con tu e.firma (FIEL) del SAT.
- Selecciona «Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio».
- Elige el salario base de cotización.
- Realiza el pago de la cuota anual.
- Descarga tu comprobante de afiliación con tu NSS.
Si prefieres el trámite presencial, acude a cualquier subdelegación del IMSS con INE, CURP, RFC y comprobante de domicilio.
¿Qué pasa con las semanas cotizadas si estuve años en la informalidad?
Los años trabajando en la informalidad no generan semanas cotizadas ante el IMSS. No se pueden «recuperar» de forma retroactiva. El contador empieza desde el primer día que te afilias, ya sea por contrato laboral o por Modalidad 10.
Sin embargo, si en el pasado tuviste algún empleo formal aunque haya sido breve, esas semanas sí están registradas y se suman a las nuevas. Consúltalas en imss.gob.mx o en la app IMSS Digital con tu NSS.
¿Cuántas semanas necesito para tener pensión?
Bajo la Ley del Seguro Social de 1997 (Ley 97, para quienes empezaron a cotizar a partir de julio de 1997), se necesitan mínimo 1,250 semanas cotizadas (equivalente a aproximadamente 24 años) para acceder a la pensión por vejez. Las semanas cotizadas en la Modalidad 10 cuentan para este total.
Qué hacer ahora
El primer paso es verificar si ya tienes un NSS de algún empleo anterior: imss.gob.mx/consultas con tu CURP. Si tienes NSS, revisa cuántas semanas llevas acumuladas. Si no tienes NSS o quieres empezar a cotizar de forma independiente, el portal oficial para la Modalidad 10 es imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes.
Enlace oficial: https://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes
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